
Portal actual
El que ya conoces, sin cambios.
- La navegación de siempre
- Todos tus productos y documentos
Tu clave es la misma en los dos y puedes cambiar de portal cuando quieras. El que ya conoces, sin cambios. Los mismos productos, con una forma más simple de gestionarlos.¿Por dónde quieres entrar?

Portal actual
Entrar al actual 
Nuevo portal
Entrar al nuevo
Un espacio diseñado para resolver tus dudas, explorar contenido y recibir consejos prácticos sobre inversión, seguros y pensiones.
La inversión consiste en destinar tu dinero a diferentes instrumentos financieros con la expectativa que te genere ganancias. En pocas palabras, invertir es poner tu dinero a trabajar para obtener rentabilidad.
Existen varios tipos de inversión, entre ellas la renta fija, en donde prestas tu dinero a un banco, empresa o gobierno (como en bonos o CDT) y recibes un interés a cambio. La renta variable como las acciones son volátiles, pero con mayor potencial de valorización en el largo plazo que la renta fija; y activos alternativos, como fondos de capital privado, criptomonedas que te ofrecen diversificación. En Skandia puedes acceder a todo tipo de inversiones a través de fondos de inversión colectiva, fondo voluntario de pensiones o negocios fiduciarios.
La verdad es que no existe una única inversión “más rentable”. La rentabilidad es apenas un elemento relevante entre otros como tu perfil de riesgo y objetivos. En Colombia, existen compañías de servicios financieros como las del grupo Skandia que te ofrecen productos de inversión con rentabilidades competitivas. Lo más importante es diversificar tu capital y no concentrar todo tu dinero en un solo tipo de activo.
Esto depende de tus objetivos, necesidades y perfil de riesgo. Por ejemplo, si prefieres inversiones a un plazo fijo, las alternativas de renta fija son una buena opción. Para diversificación, los activos alternativos serían un gran complemento. Si toleras la volatilidad y el riesgo, la renta variable representa una excelente alternativa de inversión. Recuerda que, para elegir la mejor inversión para ti, es importante recibir asesoría para encontrar las inversiones apropiadas para tu caso concreto.
Antes de comenzar a invertir, es importante definir cuánto puedes destinar y por cuánto tiempo estás dispuesto a mantener tu inversión. En Colombia, las compañías de Skandia ofrecen distintos productos y portafolios diversificados que se adaptan a todos los perfiles de riesgo, horizonte de inversión y objetivos financieros. Si aún no estás seguro de qué quieres, un asesor financiero te puede ayudar a identificar la mejor opción de inversión para ti
Ahorrar es apartar recursos para cubrir necesidades a corto o mediano plazo, utilizando productos de bajo riesgo como las Cuentas de Ahorro. En cambio, invertir significa adquirir activos productivos con la expectativa de obtener un retorno financiero. Se asocia al acceso a productos en el mercado de valores y otros activos financieros que tienen un riesgo financiero y un mayor potencial de rentabilidad que los productos de ahorro.
Empezar con poco dinero es posible y puedes lograrlo en tres pasos: Primero, define un objetivo claro. Segundo, separa tu dinero utilizando una cuenta distinta a la de tus gastos diarios; hoy en día existen alternativas de inversión fáciles que te ayudan a cumplir tus objetivos mientras generas rendimientos. Tercero, elige una alternativa de inversión a tus objetivos financieros, perfil de riesgo y horizonte de inversión.
En Colombia existen productos de inversión sencillos y de bajo riesgo como portafolios de renta fija y Fondo de Inversiones Colectivas. En Colombia, las compañías de Skandia ofrecen productos y portafolios con el respaldo de años de trayectoria en el mercado y entidades vigiladas que te ofrecen múltiples portafolios de inversión que se pueden adaptar a tus objetivos y perfil de riesgo.
Un seguro de vida tiene como objetivo proteger financieramente a sus beneficiarios en caso de fallecimiento o invalidez del asegurado. Funciona a través del pago periódico de una prima a una aseguradora, que se compromete a indemnizar a los beneficiarios bajo los parámetros del contrato. Existen diferentes tipos de seguros de vida, como los temporales, los vitalicios y aquellos que, además de brindar protección, te permiten realizar un ahorro o inversión al mismo tiempo, combinando así la seguridad financiera con la posibilidad de construir patrimonio, lo que permite adaptarse a distintos perfiles y objetivos personales.
Existen seguros de vida, salud, auto, hogar, accidentes personales y empresariales. El más importante depende de tu situación personal. Por ejemplo, un seguro de vida es fundamental si tienes dependientes económicos, ya que protege financieramente a tu familia en caso de fallecimiento o invalidez. Sin embargo, la elección del seguro adecuado siempre debe basarse en tus necesidades, responsabilidades y etapa de vida
El costo de un seguro de vida varía según el tipo de cobertura y el perfil del asegurado. No existe un precio único, ya que el valor se determina con base en factores como la edad, las condiciones de salud preexistentes y el tipo de producto contratado. Lo más importante es identificar tus necesidades y, a partir de ellas, elegir la póliza con coberturas y características que realmente protejan lo que deseas.
La cobertura depende del tipo de seguro contratado, aunque en general protege los riesgos principales, como el fallecimiento o invalidez, además según tu póliza te puede cubrir servicios extras. Siempre es recomendable revisar con detalle las condiciones de tu póliza para conocer exactamente qué protege y qué excluye.
Elegir el mejor seguro requiere analizar tus necesidades personales y contrastarlas con las opciones disponibles en el mercado. En Colombia existen muchas aseguradoras, como, por ejemplo, Skandia Seguros de Vida S.A., en donde podrás encontrar seguros que combinan protección con ahorro e inversión, brindando un valor agregado a quienes buscan cuidar su patrimonio mientras pueden hacer crecer su dinero.
Para asegurarte de que una aseguradora sea confiable, es esencial verificar que esté autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). Esto garantiza que la entidad cuenta con el respaldo financiero y legal necesario, y que sus operaciones están sujetas a la supervisión de los organismos de control, protegiendo así los intereses de los asegurados
La pensión es una prestación económica periódica (mesada) que reciben las personas cuando cumplen ciertos requisitos de edad, tiempo cotizado o capital ahorrado, dependiendo el régimen al cual se encuentre afiliado. Busca garantizar un ingreso estable cuando dejan de trabajar por vejez o invalidez.
En Colombia, el sistema pensional funciona mediante cotizaciones mensuales que se hacen durante tu vida laboral, tanto tuyas como de tu empleador (si eres dependiente), ya sea al Régimen de Prima Media (el régimen público) o al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Al cumplir los requisitos de ley, estas cotizaciones se convierten en tu mesada pensional.
Existen dos regímenes: el Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, donde tus aportes van a un fondo común y se te garantiza la pensión si cumples edad y semanas; y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado por fondos privados, donde tus aportes se acumulan en tu cuenta individual.
Sí, es posible trasladarte entre el Régimen de Prima Media y el Régimen de Ahorro Individual, cumpliendo requisitos como un mínimo de permanencia (generalmente 5 años) y no estar a menos de 10 años de la edad de pensión. Para hacerlo, es obligatorio completar antes el proceso de doble asesoría pensional.
Es un proceso gratuito y obligatorio antes de trasladarte de régimen pensional. Consiste en recibir asesoría de tu administradora actual y de la que quieres elegir, para comparar cómo cambiaría tu proyección de pensión según edad, semanas cotizadas y capital acumulado, antes de tomar la decisión.
En el Régimen de Ahorro Individual, tu ahorro pensional crece con los aportes obligatorios mensuales (un porcentaje del salario), la rentabilidad que genera la inversión de ese dinero en el mercado de capitales, y los aportes voluntarios adicionales que decidas hacer para aumentar tu mesada futura.
Es el dinero adicional que puedes aportar a tu cuenta de pensión obligatoria o a un Fondo Voluntario de Pensión (FVP), por encima de tu cotización mínima de ley. Te permite incrementar tu ahorro para el retiro y, dependiendo del vehículo, acceder a beneficios tributarios.
En Colombia existen tres tipos de pensión: de vejez, para quienes cumplen edad y semanas cotizadas; de invalidez, para quienes pierden su capacidad laboral por enfermedad o accidente; y de sobrevivientes, que reciben los beneficiarios de ley cuando fallece el pensionado.
El bono pensional es un título valor que reconoce el tiempo y dinero que cotizaste antes de trasladarte del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual. Se suma al capital de tu cuenta individual y se hace efectivo cuando te reconocen la pensión, ayudando a financiar tu mesada.
Al momento de pensionarte en el Régimen de Ahorro Individual (RAIS) puedes elegir entre varias modalidades: renta vitalicia inmediata (pago fijo de por vida a cargo de una aseguradora), retiro programado (pagos calculados según tu expectativa de vida) o combinaciones entre ambas, como retiro programado con renta vitalicia diferida.
No existe un fondo "mejor" para todos: cada administradora del Régimen de Ahorro Individual tiene distintas rentabilidades históricas, comisiones y portafolios (conservador, moderado o de mayor riesgo), y el régimen público ofrece una lógica distinta bajo el Régimen de Prima Media. La Superintendencia Financiera publica periódicamente la rentabilidad de cada fondo.
Son los aportes de ley que todo trabajador dependiente o independiente debe hacer mensualmente, ya sea al régimen público o a un fondo privado, para acceder en el futuro (o en el caso de sus beneficiarios) a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes. Son obligatorios porque la ley exige aportarlos mientras trabajas.
Es el valor más bajo que puede recibir un pensionado por vejez o invalidez: ningún pensionado puede recibir menos de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), sin importar el régimen al que pertenezca. Esta garantía aplica sobre la mesada total; en el caso de la pensión de sobrevivientes, cuando esa mesada se reparte entre varios beneficiarios, cada uno puede recibir una porción inferior a un SMMLV, pero el valor total de la mesada nunca es menor a ese monto.
Por regla general, no: el artículo 134 de la Ley 100 de 1993 establece que las pensiones son inembargables, sin importar su monto. Las únicas excepciones son las deudas por obligaciones alimentarias y los créditos con cooperativas, casos en los que el embargo no puede superar el 50 % del valor de la mesada.
Las mesadas están exentas del impuesto de renta hasta 1.000 UVT mensuales (unos $52.374.000 en 2026). Si tu pensión supera ese límite, debes declarar la totalidad del ingreso y aplicar la exención en el renglón correspondiente; solo el excedente por encima del límite se grava.
No exactamente. La pensión como tal no se transmite como una herencia, pero la ley protege a los beneficiarios (cónyuge, hijos u otros dependientes) del fallecido: si era un afiliado que aún no se había pensionado, reciben la pensión de sobrevivientes; si ya estaba pensionado, reciben la sustitución pensional. En ambos casos, pueden seguir recibiendo un ingreso mensual, cumpliendo los requisitos de ley.
El pago se hace de forma escalonada según el último dígito de la cédula, generalmente en la última semana de cada mes, aunque tanto el régimen público como los fondos privados publican un calendario oficial anual con las fechas exactas. Se puede recibir por transferencia a cuenta bancaria o en efectivo en entidades autorizadas.
Las mesadas se reajustan cada enero para proteger su poder adquisitivo: si tu pensión equivale a un salario mínimo, sube junto con el nuevo SMMLV; si es superior, se ajusta según el IPC certificado del año anterior. El incremento es automático y no requiere ningún trámite.
Si ya radicaste tu solicitud, puedes hacer seguimiento a su estado a través del portal virtual o la línea de atención de tu administradora, donde te informan en qué etapa se encuentra el trámite.
Si estás en el Régimen de Ahorro Individual, puedes consultar el saldo de tu cuenta individual (aportes más rendimientos) ingresando al portal o app de tu administradora, o solicitando un extracto o certificado de saldos. Ese dinero es el que se usa para calcular tu pensión al cumplir los requisitos.
En el Régimen de Prima Media, con las 1.300 semanas mínimas obtienes una tasa de reemplazo del 65 % de tu Ingreso Base de Liquidación (IBL). Por cada 50 semanas adicionales, esa tasa sube 1,5 puntos, hasta un tope máximo del 80 %, que se alcanza alrededor de las 1.800 semanas. Ese 80 % es el techo legal: cotizar más semanas después de ese punto no aumenta más tu pensión (no existe una tasa del 100 %).
En el Régimen de Prima Media, puedes seguir cotizando hasta cumplir la edad mínima (57 años si eres mujer, 62 si eres hombre): cada semana adicional incrementa tu tasa de reemplazo y, con ella, el valor de tu futura mesada. En el Régimen de Ahorro Individual no existe esa tasa, pero seguir cotizando también te conviene, porque aumenta el capital ahorrado en tu cuenta individual.
Si llegas a la edad de pensión sin las semanas mínimas, tienes dos caminos según tu régimen: en el Régimen de Prima Media puedes solicitar la indemnización sustitutiva (un pago único calculado sobre tus aportes); en el Régimen de Ahorro Individual, la devolución de saldos (el dinero acumulado en tu cuenta más los rendimientos). El valor exacto depende de cuánto y por cuánto tiempo cotizaste; no hay una cifra fija por número de semanas.
Según la reforma aprobada (Ley 2381 de 2024), las mujeres se pensionarían a los 57 años y los hombres a los 62, con al menos 1.300 semanas cotizadas. Sin embargo, la entrada en vigencia fue suspendida por la Corte Constitucional, por lo que aún sigue rigiendo el sistema actual, establecido en la Ley 100 de 1993.
Según la Ley 2381 de 2024, para pensionarte necesitas cumplir la edad establecida por ley (57 años para mujeres y 62 para hombres) y haber cotizado 1.300 semanas. Hay excepciones, por ejemplo, las mujeres con hijos a cargo pueden descontar 50 semanas por cada hijo (hasta un máximo de tres). Sin embargo, esta ley aún no está vigente, ya que su aplicación fue suspendida por la Corte Constitucional. Por ahora, sigue rigiendo la Ley 100 de 1993.
Si no sabes a qué fondo de pensiones estás afiliado en Colombia, puedes consultarlo fácilmente ingresando al sistema RUAF (Registro Único de Afiliados). Solo necesitas tu número de cédula para acceder a la información. Esta herramienta te dirá si perteneces al régimen público o a una administradora de fondos de pensiones privada como Skandia AFP - ACCAI S.A.
Aunque la Ley 2381 de 2024 establecía que la reforma pensional entraría en vigor el 1 de julio de 2025, la Corte Constitucional suspendió temporalmente su aplicación para revisar su constitucionalidad. Por lo tanto, la Ley 100 de 1993 sigue siendo la norma vigente en materia pensional hasta que la Corte tome una decisión definitiva.
La devolución de saldos aplica para quienes están en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) y gestionan su ahorro pensional con las administradoras de fondos de pensiones (AFP). Consiste en entregar al afiliado el dinero acumulado en su cuenta individual, más los rendimientos generados, En cambio, la indemnización sustitutiva es el mecanismo equivalente en el Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones. En este caso, el Estado reconoce un pago único basado en las cotizaciones efectuadas durante la vida laboral bajo unos cálculos establecidos en la regulación.
Ahorra siempre un porcentaje de tus ingresos, aunque sea el 5 %. La constancia es la clave.
Ahorrar entre 3 y 6 meses de tus gastos fijos te permitirá tener seguridad financiera.
Empieza pagando desde tus deudas más pequeñas hasta las más grande; así tu esfuerzo crece como una bola de nieve.
Este contenido no constituye una recomendación profesional para realizar inversiones en los términos del artículo 2.40.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010 o las normas que lo modifiquen, sustituyan o complementen.
Este sitio utiliza cookies para mejorar tu experiencia. Por favor acepta nuestra
Política de Cookies